BORRADOR DE LA RENTA
· Solicitud del Borrador: para ello tiene que facilitarnos los datos de la declaración anterior o en su defecto un número de cuenta de la que sea titular.
· Estudio y revisión del Borrador: comprobamos si efectivamente los datos que aparecen son los correctos y si están bien aplicadas las deducciones. (Tenga en cuenta que la Agencia Tributaria no siempre aplica las deducciones correctamente, y comete un elevado porcentaje de errores u omisiones, casi siempre a su favor).
· Confirmación del Borrador: comprende la presentación telemática tras la revisión.
· Honorarios: 25,00 € (más IVA)
· Si los datos son incorrectos o incompletos, hay que hacer modificaciones importantes y habría que confeccionar su renta, con arreglo a nuestras tarifas.
DECLARACIÓN DE LA RENTA
· Las tarifas mínimas orientativas, por regla general y siempre teniendo en cuenta el nivel de dificultad y por tanto el tiempo que hemos de emplear para su correcta tramitación, son las siguientes:
Declaración de renta individual …. 52,50 € (más IVA) ( 90 minutos)
Declaración de renta conjunta …. 70,00 € (más IVA) ( 120 minutos)
Dos declaraciones de renta individuales …. 80,00 € (más IVA) ( 140 minutos)
Declaración de Patrimonio individual .... 105,00 € (más IVA) ( 180 minutos)
Dos declaraciones de patrimonio .... 122,50 € (más IVA) ( 210 minutos)
Para declaraciones que entrañen una dificultad especial, se facilitará presupuesto a medida de las necesidades del cliemte.
La tarifa mínima incluye los siguientes conceptos:
· Toma de datos personales de forma exhaustiva e individualizada para determinar la situación tributaria del contribuyente y su unidad familiar.
· Petición de datos fiscales, elaboración y presentación telemática de declaración, y archivo digital de la mísma a disposición de nuestro cliente.
· Domiciliación del pago, su fraccionamiento o la solicitud de devolución y su seguimiento.
· Asistencia ante la Agencia Tributaria en cuestiones de trámite, de aportación de documentos, etc., posteriores a la presentación de la Renta o del Patrimonio, sin cargo alguno.
También se incluye la tramitación del Procedimiento Administrativo completo , Alegaciones, Recurso Ordinario de Reposición y Recurso Extraordinario ante el Tribunal Económico Administrativo en caso de apertura de expediente por parte de la Agencia Tributaria si nuestro cliente no ha cometido ninguna irregularidad o si somos nosotros los responsables de la actuación inspectora, siempre hasta agotar la vía Administrativa.
· Disponemos de un seguro de Responsabilidad Civil que cubre hasta 300.000 €, para responder de nuestras responsabilidades profesionales.
Nos avala nuestro trabajo desde 1992. Su declaración de la renta y de patrimonio en manos de profesionales cualificados y con experiencia acreditada.
POR SEGURIDAD, ORGANIZACIÓN, ECONOMÍA Y CONTROL DE NUESTRA PÓLIZA DE SEGURO DE R.C., NO ADMITIMOS PAGOS EN EFECTIVO, SOLO COBRAMOS NUESTROS HONORARIOS A TRAVÉS DE GESTIÓN BANCARIA, TARJETA DE CRÉDITO O RECIBO DOMICILIADO EN SU CUENTA.